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año:2011
 
tipodocumento:CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
 
proceso:ASESORIA SOBRE HACIENDA PUBLICA
 

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DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No. 13212 23 de diciembre de 2011 DCA-3394 Señor Edwin C. Rodriguez C. Secretario Técnico CONSEJO NACIONAL DE CONCESIONES Estimado señor: ASUNTO: Se rechaza consulta sobre alcances de modificación contractual del contrato de Concesión de Obra de la Carretera a Caldera. Damos respuesta a su oficio No.DST OF 570-2010, mediante el cual presenta la consulta referida. I. Sobre los aspectos consultados. Se hace una serie de consideraciones y consultas sobre los alcances de una serie de obras que deben realizarse producto de un recurso de amparo declarado con lugar por la Sala Constitucional, así como la tramitología correspondientes y alcances de la formalización de dichas obras. II. Criterio de la División. En atención a la gestión presentada, debe advertirse que en el ejercicio de la potestad consultiva de la Contraloría General, regulada en el artículo 29 de la Ley Orgánica (Ley Nº 7428 del 4 de setiembre de 1994) y la Circular Nº CO-529 publicada en el diario oficial La Gaceta Nº 107 del 5 de junio de 2000, vigente al momento de plantearse su consulta, el órgano contralor no tiene por norma referirse a casos y situaciones concretas. Siendo que la consulta se refiere al análisis de un caso específico de ejecución contractual no es posible emitir el criterio vinculante solicitado, aunado a la ausencia de un criterio jurídico de la unidad respectiva que analice el tema. 2 No obstante lo anterior, cabe señalar que en la toma de decisión de responsabilidad de la propia entidad debe valorar lo dispuesto en el artículo 4 del Reglamento sobre el refrendo de las Contrataciones de la Administración Pública y lo señalado por el propio numeral 48 de La Ley General de Concesión de Obras Públicas Con Servicios Públicos. Atentamente, ...
Fecha publicación: 11/01/2012
Fecha emisión: 23/12/2011
Documento: 13212-2011.pdf
Institución: CONSEJO NACIONAL DE CONCESIONES
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ASESORIA SOBRE HACIENDA PUBLICA


DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA ÁREA DE SERVICIOS AMBIENTALES Y DE ENERGÍA T:. (506) 2501 8000 F:. (506) 2501 8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S: http://www.cgr.go.cr Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica Al contestar refiérase al oficio No.12672 14 de diciembre, 2011 DFOE-AE-0470 Señor Presidente ASOCIACIÓN DE DESARROLLO INTEGRAL DE MANZANILLO Estimado señor: Asunto: Consulta sobre recursos otorgados a la Fundación de Parques Nacionales. Me refiero a la nota sin número de fecha 11 de noviembre de 2011, suscrita por varios miembros de la Junta Directiva de esa Asociación y recibida en este Despacho el 21 de ese mismo mes y año. El objeto de consulta que se plantea en la nota no resulta del todo claro, por lo que este órgano contralor infiere que se refiere a la liquidación presupuestaria de recursos concedidos a la Fundación de Parques Nacionales (FPN) para el desarrollo de proyectos en coordinación con esa Asociación. No obstante, no se indica expresamente si el origen de los recursos aludidos es público o privado y si corresponden a una transferencia, por lo que no resulta posible determinar si les aplica lo preceptuado en el artículo 5 de la ley orgánica de esta Contraloría General. Al respecto, es importante aclarar que las potestades de fiscalización conferidas a la Contraloría General en el artículo citado son facultativas, es decir, es la misma Contraloría la que decide bajo qué condiciones realiza o no la fiscalización de los recursos indicados. De este modo la presentación del presupuesto para aprobación de este órgano contralor por parte de organizaciones privadas está regulado en la circular No. 143001 y solo aplica para recursos de naturaleza pública; por lo que en el evento de que los beneficios patrimoniales objeto de consulta tengan esa naturaleza y considerando que el monto de éstos alcanza únicamente la suma de ¢ 30.000,000,00, monto que está po ...
Fecha publicación: 02/01/2012
Fecha emisión: 14/12/2011
Institución: ASOCIACION DE DESARROLLO INTEGRAL DE MANZANILLO BRIBRI TALAMANCA LIMON
Emite: AREA FISC. SERV. AMBIENTALES Y ENERGIA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ASESORIA SOBRE HACIENDA PUBLICA


DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA ÁREA DE FISCALIZACIÓN DEL SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA DE LA REPÚBLICA T: (506) 2501-8000 F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S: http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica Al contestar refiérase al oficio Nro. 12972 20 de diciembre, 2011 DFOE-SAF-0474 Licenciada Silma Bolaños Cerdas Jefe de Área Comisión Permanente de Asuntos Económicos ASAMBLEA LEGISLATIVA Estimada señora: Asunto: Se emite criterio solicitado por la Asamblea Legislativa sobre el proyecto de ley denominado Ley Especial para reducir la Deuda Pública mediante la venta de activos ociosos o subutilizados del sector público, expediente No. 18.018. Nos referimos a su oficio ECO-2002-18.018-11, del 23 de noviembre del 2011, por el cual se solicita el criterio de este Órgano Contralor, en relación con el proyecto de ley denominado “Ley Especial para reducir la Deuda Pública mediante la venta de activos ociosos o subutilizados del sector público”, expediente No. 18.018, publicado en La Gaceta No. 117, Alcance No. 32, del 17 de junio del 2011. Dentro de los argumentos de la exposición de motivos se indican, entre otros, los siguientes: La venta de activos ociosos del Estado permitiría pagar -o al menos mitigar- la deuda pública, mas sería necesaria la creación de una ley que la autorice. Los artículos 49 y 50 de la Ley de Contratación Administrativa (No. 7494 del 2 de mayo de 1995), en relación con el 61 de su Reglamento, así como el Reglamento para el Registro y Control de Bienes de la Administración Central son el fundamento jurídico general para la realización de la venta de bienes por parte de la Administración Pública. La normativa vigente no regula el destino que se le deba dar al producto de esa venta y en todo caso esas normas son de aplicación general, lo cual no excluye la posibilidad de que cada institución tenga especiales disp ...
Fecha publicación: 24/12/2011
Fecha emisión: 21/12/2011
Institución: ASAMBLEA LEGISLATIVA
Emite: AREA FISC. SIST. ADM. FINAN. DE LA REP.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ASESORIA SOBRE HACIENDA PUBLICA


DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA ÁREA DE SERVICIOS PARA EL DESARROLLO LOCAL T: (506) 2501-8000 F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S : http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica Al contestar refiérase al oficio Nro. 12360 TELEFAX Nro. 2661-0720 8 de diciembre, 2011 DFOE-DL-1126 Señora Marielos Marchena Hernández Secretaria Concejo Municipal MUNICIPALIDAD DE PUNTARENAS Estimada señora: Asunto: Se autoriza solicitud de nombramiento interino del Auditor Interno de la Municipalidad de Puntarenas. Se atiende su oficio Nro. SM-489-2011 de 20 de julio de 2011, mediante el cual remite el acuerdo adoptado en el inciso B, artículo 2º de la sesión extraordinaria Nro. 110, celebrada por el Concejo Municipal de Puntarenas el 7 de julio de 2011, en el cual solicita a esta Contraloría General la autorización para el nombramiento interino del licenciado Luis Alberto Gamboa Cabezas, como Auditor Interno de esa Municipalidad, mientras se realiza el concurso público correspondiente. Criterio del Despacho I. Sobre el nombramiento del auditor y subauditor internos En cuanto a los nombramientos de los auditores y subauditores internos, resulta oportuno indicar que al tenor de lo dispuesto en el artículo 31 de la Ley General de Control Interno, Nro. 82921 y los “Lineamientos sobre los requisitos de los cargos de auditor y subauditor internos, y las gestiones de nombramiento en dichos cargos” (L-1-2006-CO-DAGJ)2, tales nombramientos pueden ser por tiempo indefinido o interinos, en este caso particular, en tanto se realiza el concurso correspondiente para el nombramiento del titular por tiempo indefinido.,. Cabe señalar que el referido artículo 31, establece la obligación del máximo jerarca de acudir a los instrumentos que provee la misma legislación para ocupar esa plaza. El primero, constituye por excelencia el nombramiento por tiempo indefinido de un auditor o ...
Fecha publicación: 23/12/2011
Fecha emisión: 08/12/2011
Institución: MUNICIPALIDAD DE SIQUIRRES
Emite: AREA FISC. SERV. DESARROLLO LOCAL
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ASESORIA SOBRE HACIENDA PUBLICA


DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No. 11710 24 de noviembre de 2011 DCA-3098 Señor Gerardo Fuentes González Alcalde Municipal MUNICIPALIDAD DE GUÁCIMO Estimado señor: ASUNTO: Se rechaza consulta sobre posible convenio entre la Municipalidad de Guácimo y Ecoproyectos de Centroamérica S.A. por tratarse de un caso concreto. Damos respuesta a su oficio No. AMG-778-2011, de fecha 28 de setiembre del año en curso y recibido en esta Contraloría General el 30 de octubre siguiente, mediante el cual consulta, si de conformidad con el artículo 3, del Reglamento de Refrendos R-CO-2007, un convenio entre Ecoproyectos de Centroamérica S.A., y dicha Municipalidad requiere de nuestro refrendo. I. Sobre los aspectos consultados. Indica la Corporación Municipal que en la actualidad tienen autorizada una concesión permanente de explotación sobre el cauce de dominio público, en el Río Guácimo, esto de conformidad con expediente minero número 8-2004, de la Dirección de Geología y Minas, y como parte de los requisitos y obligaciones esa corporación municipal debe cumplir con el acceso y acondicionamiento de áreas de terreno colindante a las coordenadas del cauce, esto con el fin de ser utilizados como patios de acopio de material, áreas para movilización y estacionamiento de maquinaria, además de una oficina con ciertos servicios y una casetilla para el control diario. Ante tal situación, la empresa Ecoproyectos de Centroamérica S.A, quienes son los propietarios registrales de los terrenos colindantes al sitio de la extracción, están de acuerdo a celebrar un convenio, por el cual permiten el uso y ocupación de esos predios por parte de la Municipalidad y como contraprestación solicitan el 10% del material efectivamente extraído por mes. Señala la Municipalidad que esa Administración tiene autorizado extraer como máximo por mes la cantidad de 2000m³, por lo q ...
Fecha publicación: 27/11/2011
Fecha emisión: 24/11/2011
Documento: 11710-2011.pdf
Institución: MUNICIPALIDAD DE GUACIMO
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ASESORIA SOBRE HACIENDA PUBLICA


DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA GERENCIA Al contestar refiérase al oficio No. 11521 21 de noviembre, 2011 DFOE-221 Señora MSc. Irene Espinoza Alvarado Contadora Nacional Dirección General de Contabilidad Nacional MINISTERIO DE HACIENDA Estimada señora: ASUNTO: Respuesta a la solicitud de la opinión del órgano contralor sobre una propuesta de decreto mediante el cual se reforma el Decreto Nro. 34918-H. Me refiero a su oficio Nro. DCN-1286-2011 de 8 de noviembre de 2011, que con fundamento en el último párrafo del artículo 93 de la Ley de Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos, Nro. 8131, de 18 de setiembre de 2001, somete a consideración de esta Contraloría General una propuesta de reforma al Decreto Nro. 34918-H Adopción e Implementación de las Normas Internacionales de Contabilidad del Sector Público (NICSP) en el Ámbito Costarricense, y consulta específicamente una ampliación al plazo establecido en ese Decreto para la adopción e implementación de ese marco normativo. Previo a hacer referencia a aspectos particulares del documento en consulta, es importante atender las siguientes consideraciones: La Ley de Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos dispone entre otras cosas, que el sistema de Contabilidad de los entes y órganos del sector público debe estar basado en principios y normas de contabilidad pública generalmente aceptados y le establece a la Dirección General de Contabilidad Nacional como órgano rector del Subsistema de Contabilidad Pública, el deber de proponer los principios y las normas generales que regirán el Subsistema de Contabilidad Pública, establecer procedimientos contables que respondan a normas y principios de aceptación general en el ámbito gubernamental y velar porque las instituciones del sector público T: (506) 2501-8000 F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S ...
Fecha publicación: 24/11/2011
Fecha emisión: 21/11/2011
Institución: CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA DE COSTA RICA
Emite: DIV.FISCALIZACION OPERATIVA Y EVALUATIVA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ASESORIA SOBRE HACIENDA PUBLICA


DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No. 11444 17 de noviembre, 2011 DCA-3040 Señor Juan Manuel Barquero Vargas Representante Componentes El Orbe S.A. Fax. 2545-4761 Estimado señor: Asunto: Se atiende consulta relacionada con el tema de prohibiciones para contratar con el Estado, según lo dispuesto en la Ley de Contratación Administrativa y su Reglamento. - Se hace referencia a su nota s/n, ingresada a este órgano contralor con el número 19200, mediante la cual se plantea consulta relacionada con los alcances y supuestos establecidos por la Ley de Contratación Administrativa y su Reglamento, en materia de prohibiciones para contratar con el Estado, específicamente se consulta si se configura alguna causal de prohibición o impedimento en el siguiente supuesto: La señora Jeannet Guillermina Marín Cantero es empleada de Componentes El Orbe S.A., quien ostenta el puesto de Directora de Ventas del Sector Público (Directora Ventas Institucionales) y está casada con el señor Francisco Javier Ibarra Arana, quien es el Gerente General de la Junta de Protección Social. La consulta se plantea al amparo del artículo 21 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa. Realizado el estudio de su consulta, ha de indicarse: • Situación descrita Se informa que la señora Jeannet Guillermina Marín Cantero es empleada de Componentes El Orbe S.A., quien ostenta el puesto de Directora de Ventas del Sector Público (Directora Ventas Institucionales) y está casada con el señor Francisco Javier Ibarra Arana, quien es el Gerente General de la Junta de Protección Social. Se aporta como prueba de lo anterior, los siguientes documentos: - Certificación extendida por la Gerencia de Recursos Humanos de Componentes El Orbe S.A., de fecha 26 de setiembre de 2011. Se señala que Marín ingresó a laborar a 2 dicha empresa el 01 de junio de ...
Fecha publicación: 22/11/2011
Fecha emisión: 17/11/2011
Documento: 11444-2011.pdf
Institución: PARTICULAR
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ASESORIA SOBRE HACIENDA PUBLICA


DIVISIÓN DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio Nº 11445 17 de noviembre, 2011 DCA-3041 Señor Asdrúbal E. Segura Amador Director Oficina Ejecutora del Programa de Inversiones Universidad de Cota Rica Estimado señor: Asunto: Se atiende consulta relacionada con los índices de precios que legalmente se deben utilizar para el pago de reajuste de precios. Nos referimos a su oficio OEPI-1031-2011 de fecha 19 de agosto de 2011 recibido el día 23 del mismo mes y año, por medio del cual la Universidad plantea la consulta descrita en el asunto, para lo cual aporta nota de la empresa P y P Construcciones S.A. de fecha 9 de agosto de 2011 y tabla de componentes de costo. La nota de cita en lo que interesa expone: “…Nuestra representada ha calculado el reajuste de la factura del avance de obra número 1 aplicando el índice de mano de obra para edificios publicado por el INEC al componente de costo de la mano de obra directa, conforme a lo establecido en el página 50 de las Especificaciones Generales del proyecto y lo establecido en el artículo 18 del Reglamento para el Reajuste de Precios en los contratos de Obra Pública de Construcción y Mantenimiento. Sin embargo esta metodología ha sido rechazada por la inspección quien ha solicitado la aplicación del índice de insumos para edificios (publicado por el INEC) para todos los componentes de costo directo (materiales y mano de obra)”. Solicita entonces la empresa de cita la revisión del criterio mencionado y la justificación técnica y legal que lo ampara y ante eso la Universidad requirió el criterio de este órgano contralor conforme lo expuesto. Criterio para resolver. Es pertinente señalar, en primera instancia, que en el ejercicio de la potestad consultiva atribuida a este órgano contralor, y la Circular No. CO-529 sobre la atención de consultas dirigidas a la Contraloría General de la Repúb ...
Fecha publicación: 22/11/2011
Fecha emisión: 17/11/2011
Documento: 11445-2011.pdf
Institución: UNIVERSIDAD DE COSTA RICA
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ASESORIA SOBRE HACIENDA PUBLICA


DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA ÁREA DE SERVICIOS AMBIENTALES Y DE ENERGÍA Al contestar refiérase al oficio Nº 11247 14 de noviembre de 2011 DFOE-AE-0410 Licenciada Silma Bolaños Cerdas Jefa de Área COMISIÓN PERMANENTE ESPECIAL DE TURISMO Estimada señora: Asunto: Consulta sobre el proyecto de “Ley para la protección de pequeñas y medianas empresas turísticas y comerciales en zonas costeras y de residentes en zona marítimo terrestre”, expediente No. 18.180. Con fundamento en lo que dispone el artículo 183 de la Constitución Política, en su condición de órgano auxiliar de la Asamblea Legislativa en la vigilancia de la Hacienda Pública, y en atención del oficio No. TUR-965-18.180-11 del 14 de octubre de los corrientes, la Contraloría General, dentro del plazo otorgado al efecto, procede a rendir el criterio solicitado acerca del proyecto de ley denominado “Ley para la protección de pequeñas y medianas empresas turísticas y comerciales en zonas costeras y de residentes en zona marítimo terrestre”, expediente No. 18.180, se indica lo siguiente: 1. Consideraciones sobre la exposición de motivos. De conformidad con la exposición de motivos del proyecto de ley de referencia, se desprende la pretensión de que se equipare el impuesto territorial al canon que pagan los concesionarios en las zonas costeras, especialmente para los residentes y los pequeños y medianos empresarios turísticos y comerciantes. Al respecto, cabe aclarar que el canon no tiene naturaleza tributaria, pues se trata de una contraprestación pecuniaria que efectúa el concesionario por el uso y disfrute especial que se hace del dominio marítimo-terrestre y por la ventaja que se obtiene frente a las demás personas, al no disponer de ese bien público con exclusividad, cuya prestación no se impone en forma coactiva, como en el caso de los tributos, sino que depende de una solicitud voluntaria del interesado y de su compromis ...
Fecha publicación: 17/11/2011
Fecha emisión: 14/11/2011
Institución: NO APLICA
Emite: AREA FISC. SERV. AMBIENTALES Y ENERGIA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ASESORIA SOBRE HACIENDA PUBLICA


DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No.10568 28 de octubre, 2011 DCA-2825 Señor Roberto Alpízar Salazar Subgerente General Banco Nacional de Costa Rica Estimado señor: Asunto: Se emite criterio en relación con la consulta respecto al plazo para incoar la facultad que confiere el artículo 200 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, en relación con criterio de este órgano contralor emitido mediante el oficio DI-AA-2256-2005. Damos respuesta a su oficio SSC-170-2011 de fecha 19 de setiembre del 2011, de recibo en esta Contraloría General el 22 de setiembre del 2011, mediante el cual consulta lo siguiente: II..-- MMoottiivvoo ddee llaa CCoonnssuullttaa:: Indica la Administración que en caso de que se requiera aplicar la figura prevista en el artículo 200 del RLCA., sin importar que se trate de un bien, obra o servicio, cuando dentro de las obligaciones propias del contratista se encuentre brindar una garantía técnica como parte del negocio jurídico, el plazo para incoar la potestad unilateral de mutación del contrato cubre no solo el recibo a entera satisfacción del objeto, sino también el plazo de garantía técnica adjudicado. Ello en virtud de que el oficio DI-AA-2256-2005 indicó: “Se desprende de lo anterior que el objeto contractual en la especie, resultaban ser las doscientas diecisiete computadoras de escritorio con su respectiva garantía técnica, así como el mantenimiento preventivo y correctivo para cada una de ellas por el plazo de treinta y seis meses, condiciones ampliamente reconocidas tanto por el cartel, la oferta, como el contrato. …considerando que el equipo fue recibido por parte del Banco en el mes de julio de 2005, se tiene que dicha contratación se encuentra en ejecución, razón por lo cual no resulta aplicable el artículo 14.5 del Reglamento General de Contratación Administrativa, puesto que la norma ...
Fecha publicación: 02/11/2011
Fecha emisión: 28/10/2011
Documento: 10568-2011.pdf
Institución: BANCO NACIONAL DE COSTA RICA
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ASESORIA SOBRE HACIENDA PUBLICA